viernes, 7 de septiembre de 2012

POLITICAS DE PRESTAMO DE LA UNIDAD AUDIOVISUAL (PAÑOL 1 Y PAÑOL 2)



1.    El préstamo es solo para los estudiantes y académicos del ICEI, previa autorización y evaluación.
2.    Para tener acceso a las instalaciones y servicios de los pañoles, es requisito indispensable del estudiante presentar la credencial universitaria TUI.
3.    El préstamo solo se realiza al estudiante que tenga la tarjeta universitaria inteligente TUI, que es personal e intransferible
4.    El uso de la credencial es responsabilidad exclusiva del usuario.
5.    Si el estudiante extravía la tarjeta TUI, deberá bloquearla y solicitar su reposición a través de  la página WEB www.tarjetainteligente.uchile.cl.
6.    El estudiante titular de la tarjeta será responsable de todos los préstamos otorgados con cargo a su cuenta de usuario.
7.    El préstamo del material audiovisual y computacional, se efectuara por un plazo prefijado por el sistema o por el personal de la Unidad Audiovisual DE ACUERDO AL TIPO DE TRABAJO A REALIZAR Y LA DISPONIBILIDAD DE LOS EQUIPOS, lo que deberá ser respetado por el estudiante para evitar sanciones.
8.    Cada Usuario habilitado podrá solicitar en calidad de préstamo un ejemplar o unidad de cada uno de los siguientes equipos:

·         Cámara fotográfica, (no podrá retirar la cámara fotográfica si ya ha retirado previamente una de video y viceversa)
·         Cámara de video, (no podrá retirar la cámara de video si ya ha retirado previamente una fotográficay viceversa)
·         Unidad de grabación de tarjeta.
·         Mezclador de sonido
·         Micrófono direccional
·         Micrófonolavalier
·         Audífono
·         Trípode
·         Pedestal de pie (atrilparamicrófono)
·         Tamizador

9. El usuario individual al momento del retiro, solo podrá llevarse un máximo de seis unidades de los siguientes equipos o accesorios:

·         Barra Mathews.
·         Cables XLR.
·         Cajón chico, mediano y grande.
·         Caña telescópicas.
·         Dolly.
·         Extensión eléctrica.
·         kit de iluminación.
·         Lector de tarjeta de almacenamiento.
·         Lentilla de conversión angular.
·         Línea de cable de audio.
·         Pesa.
·         Zeppelín.



SANCIONES:

·         Considerando que el equipamiento audiovisual disponible para préstamo, corresponde a materiales de uso especializado y exclusivo para las carreras de pre y postgrado del Instituto de la Comunicación e Imagen, serán considerados dentro de la categoría de colección de reserva.

·         El retraso en la devolución de los recursos prestados, ocasiona una suspensión del servicio, de acuerdo con el número de equipamiento disponible y de las horas y días transcurridos desde la fecha de vencimiento del préstamo. Para ello se regirán las siguientes sanciones por concepto de retraso en la entrega:
- En los casos en donde la entrega es a una hora especifica es gravitante, porque su retraso implicaría un perjuicio a los usuarios que le siguen inmediatamente después. En este caso la sanción corresponderá a 7 días de suspensión por cada hora de atraso. Esto se aplicará también a las estaciones o salas de edición y equipos de uso en sala (vtr estacionarios).
- Para aquellos recursos que deban ser devueltos durante una fecha especifica sin hora establecida, por cada día de retraso tendrá 7 días de suspensión.
- NOTA: LAS SUSPENSIONES SON ACUMULATIVAS: Ej.: 2 equipos audiovisuales con un día de atraso = 14 días de suspensión.

·         Todo usuario que se encuentren en calidad de moroso de material audiovisual y computacional será sancionado con la suspensión de los servicios del Área Audiovisual y del préstamo en todas las Bibliotecas de la Universidad de Chile (se considerara como días de atraso, los hábiles y festivos).

·         El usuario o los usuarios que hubieren extraviado material audiovisual o computacional, deberán reponerlo a la unidad propietaria o en su defecto reembolsar un equipo nuevo de similares características al extraviado, de acuerdo a su depreciación y las políticas establecidas por el Instituto.

·         Todo material audiovisual o computacional que hubiera sido dañado en cualquiera de sus formas, exigirá al o los responsables su reposición o reembolso  por el valor equivalente a su reparación.

·         La sanción se hace extensiva asimismo a quien hubiere ocasionado perjuicios de cualquier naturaleza a los bienes muebles y demás pertenencias ubicadas en los recintos de audiovisual.

·         Es preciso recordar que ningún usuario podrá hacer retiro de implemento, equipo o accesorio alguno si el sistema de préstamo de La Red Bibliotecas se encuentra offline, por lo que la única forma de retirar el equipamiento será una vez realizado el préstamo por medio del software y por ningún otro medio de préstamo, quedando estrictamente prohibido el facilitar equipamiento sin haber realizado los procedimientos establecidos en el Reglamento de Bibliotecas de la Universidad de Chile.

NOTAS U OBSERVACIONES

En el caso de aquellos usuarios que se encuentren tramitando la entrega de la TUI, podrán retirar equipos con la presentación de la papeleta entregada por el sistema para dichos efectos (donde figura su número de usuario de biblioteca), además del su cédula nacional de identidad.

En aquellos casos dónde por necesidades de realización de un trabajo u ejercicio, los usuarios requieran retirar una cantidad de equipos mayor al límite establecido por persona, deberá ser autorizado un segundo miembro del equipo de trabajo para retirar el equipamiento restante una vez superado el limite establecido por persona. Esto será gestionado previamente por coordinación de cada carrera en conjunto con la coordinación audiovisual y los administradores de cada pañol cuando corresponda.